Ley N° 18.362 Art. 73 de fecha 15/10/2008 Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al Ejercicio 2007

Creación del "Centro Nacional de Respuesta a Incidentes de Seguridad Informática" (CERTuy) Artículo 73: Créase, a partir de la promulgación de la presente ley, en la Agencia para el Desarrollo de la Gestión del Gobierno Electrónico y la Sociedad de la Información y del Conocimiento, el "Centro Nacional de Respuesta a Incidentes de Seguridad Informática" (CERTuy), con el objetivo de regular la protección de los activos de información críticos del Estado, de acuerdo a los criterios que sugiera el Consejo Honorario de Seguridad Informática creado por el artículo 119 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007. Tendrá como cometido difundir las mejores prácticas en el tema, centralizar, coordinar la respuesta a incidentes informáticos y realizar las tareas preventivas que correspondan.

Enlace: